Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 17 jul 2015
El Gobierno debe tender a reducir la subvención como mecanismo de relación con las entidades del sistema de empleo de Cataluña, y fomentar el establecimiento de contratos programa o conciertos para garantizar la estabilidad a medio plazo de las políticas y distintas entidades del sistema.
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eli/es-ct/l/2015/07/09/13#disposicion-adicional-sexta

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