Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 36

En vigor desde 26 nov 2010
1. Los bomberos voluntarios estarán integrados por el personal voluntario adscrito a los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana dependientes de las administraciones públicas. 2. Mediante ley se regulará la estructura, funcionamiento y organización de estos bomberos voluntarios.
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eli/es-vc/l/2010/11/23/13#art-36

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