Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 42

En vigor desde 2 dic 2008
1. El presidente o presidenta de la Generalidad y los consejeros responden políticamente ante el Parlamento de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de ellos. 2. La responsabilidad política del presidente o presidenta de la Generalidad es exigible mediante una moción de censura. El presidente o presidenta de la Generalidad puede plantearla ante el Parlamento mediante una cuestión de confianza. 3. La delegación de funciones ejecutivas no exime en ningún caso al presidente o presidenta de la Generalidad de la responsabilidad política ante el Parlamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2008/11/05/13#art-42

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil