Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección tercera. Prestaciones económicas de urgencia social
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 5 ago 2006
El indicador de renta de suficiencia de Cataluña para el ejercicio 2006 queda fijado en 7.137,2 euros anuales y 509,8 euros mensuales. El Gobierno, en el marco del Acuerdo estratégico para la internacionalización, la calidad de la ocupación y la competitividad de la economía catalana, debe evaluar anualmente la actualización de este indicador. El valor del indicador debe incluirse en la Ley de presupuestos de cada año.
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