Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 33 bis

En vigor desde 17 mar 2021
1. La administración concederá subvenciones destinadas a apoyar el mantenimiento del empleo y la actividad, incluido el sector de la hostelería y aquellas destinadas a la adquisición de sistemas de protección colectiva y de señalización, de los productos químicos de limpieza y desinfección, y el mantenimiento y mejora del sistema de climatización, frente a la COVID-19; así como ayudas destinadas a trabajadores de 55 o más años afectados por la crisis generada por la Covid-19, previo establecimiento de bases reguladoras que concreten los requisitos exigidos en cada caso. 2. Las solicitudes de las empresas y trabajadores interesados se presentarán en el plazo que se determine en la convocatoria a partir de que se produzca el hecho subvencionable. 3. Las solicitudes se resolverán por orden de entrada desde que el expediente esté completo. Se añade por la disposición final 6.3 de la Ley 1/2021, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2021-4321

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eli/es-cl/l/2005/12/27/13#art-33-bis

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