Capítulo CAPÍTULO IX›Secc. Sección 3.ª Procedimiento y competencia
Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 20 ene 2003
Los gatos nacidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se identificarán en los plazos que se determinen reglamentariamente.
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Proeli/es-as/l/2002/12/23/13#disposicion-transitoria-unica