Art. Disposición transitoria única
Capítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 3.ª Procedimiento y competencia

Art. Disposición transitoria única

52 / 52
En vigor desde 20 ene 2003
Los gatos nacidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se identificarán en los plazos que se determinen reglamentariamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2002/12/23/13#disposicion-transitoria-unica