Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 42

En vigor desde 15 ene 2002
La organización y el régimen de funcionamiento de los servicios farmacéuticos de Atención Primaria deben permitir la mejor disponibilidad de los medicamentos durante el período de tiempo en que tales centros de Atención Primaria prestan servicio al público.
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eli/es-cl/l/2001/12/20/13#art-42

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