Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 2
En vigor desde 16 oct 2019
La actividad voluntaria se basará y se desarrollará con arreglo a los siguientes valores:
a) Los que inspiran y contribuyen a la convivencia en una sociedad democrática, participativa, plural y comprometida con la equidad, la libertad, la cohesión y la justicia social.
b) Los que promocionan la defensa del bien común y de los derechos fundamentales recogidos en la Constitución española, interpretados de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas y la Convención de Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Carta Social Europea.
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Proeli/es-ex/l/2019/10/11/12#art-2