Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 ene 2016
Las personas designadas como liquidadoras de RTVV, SAU realizarán una auditoria, también fiscal y sociolaboral, de los costes de la extinción y disolución de RTVV, SAU generados hasta el momento, un informe sobre los costes para la prestación y el restablecimiento definitivo de los servicios públicos de radiodifusión y televisión, así como la realización de un informe sobre las previsiones presupuestarias para el siguiente ejercicio.
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eli/es-vc/l/2015/12/29/12#disposicion-adicional-tercera

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