Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Fondo Minero Ambiental y Paisajístico
Art. 24
En vigor desde 1 ene 2015
Sin perjuicio de los demás recursos que en él se puedan integrar, el Fondo Minero Ambiental y Paisajístico se financiará con los ingresos obtenidos del ICAM, deducidos los gastos de gestión.
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Proeli/es-ga/l/2014/12/22/12#art-24