Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Aplicación del ICAM

Art. 20

En vigor desde 1 ene 2015
Los órganos de la Administración tributaria podrán dictar la liquidación provisional que proceda, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
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eli/es-ga/l/2014/12/22/12#art-20

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