Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO III

Art. 16

En vigor desde 26 nov 2010
1. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha impulsará la creación de un Centro de Estudios e Investigaciones de la Igualdad de Género. 2. El Centro deberá analizar y realizar estudios e investigaciones para hacer visibles las discriminaciones por razón de sexo, evaluará las políticas de igualdad y promoverá las estrategias y medidas para alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres.
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eli/es-cm/l/2010/11/18/12#art-16

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