Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional vigésima novena

En vigor desde 1 may 2020
Con el fin de promover la participación de las familias de alumnos en la gestión de los centros educativos públicos, las asociaciones de familias pueden gestionar los respectivos comedores escolares mediante la suscripción de convenios de gestión con la correspondiente administración titular de la competencia o la que la ejerza por delegación. Se añade por el .2 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569

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eli/es-ct/l/2009/07/10/12#disposicion-adicional-vigesima-novena

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