Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimocuarta

En vigor desde 17 jul 2009
En el tratamiento de datos, en el ámbito del sistema educativo, es aplicable la normativa de protección de datos de carácter personal, debiendo adoptarse las medidas necesarias para garantizar su seguridad y confidencialidad. La Administración educativa debe favorecer la transmisión de los principios, derechos y medidas de seguridad básicas en relación con la protección de datos.
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