Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XXVIII
Art. 135
En vigor desde 1 ene 2013
Constituye el hecho imponible de esta tasa la actividad administrativa tendente a la expedición de títulos y certificados y a la realización de pruebas en el ámbito de las enseñanzas no universitarias para los que se regulen cuotas en el artículo 138.
Se modifica por el de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-665 Se modifica por el .2 de la Ley 10/2009, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-564
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-135