Capítulo CAPÍTULO III
Art. 13
En vigor desde 1 ene 1998
El Plan del Parque es un documento que tiene como objetivos:
a) Definir y señalar el estado de conservación de los elementos del patrimonio cultural y natural.
b) Señalar los regímenes de protección que proceda y no cuenten con otro tipo de protección sectorial.
c) Promover medidas de conservación, restauración, mejora y rehabilitación de los elementos del patrimonio cultural que lo precisen.
d) Fomentar la acción cultural y la actividad económica en términos de desarrollo sostenible, señalando las actividades compatibles con la protección del patrimonio.
e) La promoción del turismo cultural y rural.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/1997/12/03/12#art-13