Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO 2Secc. Sección 2.ª Instrumentos de ordenación territorial de desarrollo§ Subsección 2.ª Plan Especial de Ordenación del Territorio

Art. 33

En vigor desde 27 jun 2019
El Plan Especial de Ordenación del Territorio contendrá la documentación precisa para definir y justificar sus determinaciones, que se formalizará en los siguientes documentos: 1. Memoria informativa, de análisis y diagnóstico de la materia y el territorio a ordenar. 2. Memoria de ordenación, con la definición y justificación de la propuesta, sus objetivos y determinaciones. 3. Evaluación ambiental. 4. Estudio económico con la valoración de las acciones contempladas en el plan, temporización de su ejecución y orden de prioridad. 5. Normativa. 6. Documentación gráfica comprensiva del diagnóstico y la propuesta de ordenación.
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eli/es-ex/l/2018/12/21/11#art-33

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