Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª El Consejo de Gobierno

Art. 13 bis

En vigor desde 28 feb 2012
El vicepresidente o vicepresidenta del Consejo de Gobierno tiene las siguientes funciones: a) Ejercer las funciones del presidente o presidenta en caso de ausencia de este. b) Representar a la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales ante las instituciones, por delegación del presidente o presidenta. c) Todas las funciones que le delegue el presidente o presidenta. Se añade por el de la Ley 2/2012, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2012-3413 .

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eli/es-ct/l/2007/10/11/11#art-13-bis

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