Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª El Consejo de Gobierno
Art. 13 bis
14 / 44En vigor desde 28 feb 2012
El vicepresidente o vicepresidenta del Consejo de Gobierno tiene las siguientes funciones:
a) Ejercer las funciones del presidente o presidenta en caso de ausencia de este.
b) Representar a la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales ante las instituciones, por delegación del presidente o presidenta.
c) Todas las funciones que le delegue el presidente o presidenta.
Se añade por el de la Ley 2/2012, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2012-3413 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2007/10/11/11#art-13-bis