Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 91
En vigor desde 25 nov 2009
1. Finalizada la fase de consultas, el órgano promotor, en colaboración con el órgano ambiental, elaborará una memoria ambiental con el objeto de valorar la integración de los aspectos ambientales en la propuesta de plan o programa, en la cual se analizará el proceso de evaluación, el informe de sostenibilidad ambiental y su calidad; se evaluará el resultado de las consultas realizadas y cómo se han tomado en consideración, y se analizará la previsión de los impactos significativos de la aplicación del plan o programa.
La memoria ambiental contendrá las determinaciones finales que deban incorporarse a la propuesta de plan o programa. Es preceptiva y se tendrá en cuenta en el plan o programa antes de su aprobación definitiva.
2. El órgano promotor debe remitir, en un plazo máximo de dos meses desde la finalización de la fase de consulta, la memoria ambiental al órgano ambiental para que en el plazo de dos meses manifieste su conformidad o disconformidad con la misma, previa propuesta de un comité técnico en los mismos términos que establece el artículo 31 de esta ley.
Transcurrido el primer plazo sin que se haya presentado al órgano ambiental la referida memoria ambiental, el órgano ambiental puede declarar la caducidad del procedimiento y el archivo de las actuaciones, previa audiencia por un plazo de diez días hábiles.
Los informes sobre los instrumentos de ordenación de actuaciones de urbanización a que se refiere el apartado 3 del artículo 89 son determinantes para el contenido de la memoria ambiental, que sólo puede disentir de forma expresamente motivada.
3. El órgano ambiental publicará su acuerdo sobre la memoria ambiental en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, para su general conocimiento, en el plazo máximo de un mes a contar desde su adopción.
Se modifica el apartado 2 por el de la Ley 6/2009, de 17 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-20658 . Se modifica el apartado 2 por el del Decreto-ley 3/2009, de 29 de mayo. Ref. BOIB-i-2009-90007 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2006/09/14/11#art-91