Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 74
En vigor desde 25 dic 2005
La mutación demanial es el acto en virtud del cual se efectúa la desafectación de un bien o derecho del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con simultánea afectación a otro uso general o servicio público, lo que justifica su continuación dentro del régimen de demanialidad.
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Proeli/es-ri/l/2005/10/19/11#art-74