Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1ª. Organización funcional

Art. 29

En vigor desde 15 abr 2003
1. El sistema público de servicios sociales se organiza en dos niveles, correspondientes a la Atención Social Primaria y a la Atención Social Especializada. 2. La relación entre ambos niveles responderá a criterios de complementariedad, de acción coordinada para la consecución de objetivos comunes o de actuación conjunta, con objeto de conseguir la continuidad en los itinerarios prestacionales que deban aplicarse desde los distintos tipos de servicios.
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eli/es-md/l/2003/03/27/11#art-29

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