Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 77
En vigor desde 26 jun 2003
Las personas jurídicas son directamente responsables de las conductas derivadas de los acuerdos de los órganos sociales y de las generadas por sus representantes, mandatarios y empleados cuando actúen en el desarrollo de sus respectivas funciones.
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Proeli/es-ar/l/2003/03/19/11#art-77