Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO XXXVII

Art. 306

En vigor desde 25 dic 1998
Los suministros no incluidos en esta tasa se regularán, en su caso, por 1, «Tasa de Servicios Diversos», tarifa E-6/15.4.11.
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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-306

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