Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO XXVIII
Art. 220
En vigor desde 25 dic 1998
Son sujetos pasivos quienes sean peticionarios o titulares de concesiones, autorizaciones administrativas o tasaciones ante la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Litoral.
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Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-220