Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO XVIII

Art. 176

En vigor desde 25 dic 1998
Constituye el hecho imponible de esta tasa la realización por parte de la Administración de aquellas actividades tendentes a la concesión de la autorización para el vertido de aguas.
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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-176

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