Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO XIII
Art. 155
En vigor desde 25 dic 1998
Constituye el hecho imponible de esta tasa la realización, por parte de la Administración, de las actividades encaminadas a la tramitación de las solicitudes de concesión de aguas subterráneas.
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Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-155