Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 ene 2020
La fiscalización previa de la nómina que gestiona la dirección general con competencias en materia de función pública y de los expedientes de contratación de personal laboral se sustituye por el control financiero permanente a efectuar por la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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eli/es-cm/l/2019/12/20/10#disposicion-adicional-tercera

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