Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 2.ª Planes de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Definición y tipos

Art. 23

En vigor desde 18 oct 2019
Los Planes de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura son los instrumentos de previsión del marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de las personas, animales y de los bienes en caso de emergencia, así como del esquema de coordinación de las distintas Administraciones Públicas de Extremadura llamadas a intervenir. Los diferentes tipos de Planes de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá ser inclusiva y reflejar, al menos, los siguientes aspectos específicos en materia de accesibilidad: a) En el análisis de las personas usuarias, se considerará el porcentaje previsto de personas con discapacidad, con determinación de las necesidades físicas, sensoriales y cognitivas. b) Se tendrán en cuenta dichas necesidades en los medios de detección y alarma, señalización y evacuación, de modo que se garantice su utilización y fácil comprensión por todas las personas.
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eli/es-ex/l/2019/04/11/10#art-23

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