Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Obligaciones ante la ciudadanía

Art. 32

En vigor desde 17 feb 2024
La programación de las personas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual autonómicos o locales en Andalucía, así como sus contenidos, deberán ajustarse a lo establecido en la Ley 13/2022, de 7 de julio. Se modifica por el .10 del Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero. Ref. BOJA-b-2024-90030

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eli/es-an/l/2018/10/09/10#art-32

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