Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 81

En vigor desde 14 ago 2010
Las retribuciones del personal laboral se determinarán de conformidad con la legislación laboral, el convenio colectivo que le sea aplicable y el contrato de trabajo, respetando, en todo caso, lo previsto en el artículo 73.
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eli/es-vc/l/2010/07/09/10#art-81

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