Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección tercera. Los efectos de la aceptación de la herencia
Art. 461
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En vigor desde 9 jun 2015
Las disposiciones sobre responsabilidad del heredero por las deudas del causante, derivada de la aceptación de la herencia, se aplican sin perjuicio de lo establecido por la legislación concursal.
Se modifica por el art. 16 de la Ley 6/2015, de 13 de mayo. Ref. BOE-A-2015-6014 .
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Proeli/es-ct/l/2008/07/10/10#art-461-21