Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 443

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En vigor desde 1 ene 2009
Los derechos sucesorios regulados por los artículos 443-2 a 443-4 quedan excluídos si se acredita que el causante y el sucesor no han mantenido el trato familiar.
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eli/es-ct/l/2008/07/10/10#art-443-4

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