Título TÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 17 mar 2008
1. En materia de información y promoción del vino, la presente ley tiene los objetivos siguientes:
a) Incentivar entre los operadores del sector el empleo de los diferentes distintivos de calidad y origen.
b) Contribuir a la promoción de los vinos andaluces en el mercado.
c) Preservar y valorar el patrimonio de este producto agroalimentario de Andalucía.
d) Propiciar las iniciativas de colaboración e interacción entre los operadores del sector para la realización de actuaciones conjuntas en materia de promoción de los vinos andaluces.
e) Incardinar la política de promoción de los vinos andaluces en las políticas de desarrollo rural, medioambiental, turística, gastronómica, artesanal, cultural, entre otras.
f) Articular las iniciativas públicas y privadas en pro de la calidad del vino.
g) Fomentar e incentivar la crianza respetuosa con el medio ambiente.
2. La Administración de la Junta de Andalucía podrá financiar campañas de información y promoción del vino, de los mostos de uva y de los productos derivados del vino, en el marco de la normativa de la Unión Europea, de acuerdo con el ordenamiento jurídico nacional vigente y, en particular, con lo establecido en la normativa autonómica.
3. Las campañas financiadas con fondos públicos de la Comunidad Autónoma deberán atenerse a los siguientes criterios:
a) Informar sobre el vino como alimento natural dentro de la alimentación mediterránea.
b) Recomendar el consumo moderado y responsable del vino.
c) Fomentar el desarrollo sostenible del cultivo de la vid, favoreciendo el respeto al medio ambiente y la fijación de la población al medio rural.
d) Impulsar el conocimiento de los vinos andaluces tanto en el mercado interior como exterior, destacando los aspectos históricos, tradicionales, culturales y su vinculación con el territorio, por un lado, y las innovaciones y nuevas elaboraciones, por otro.
e) Informar sobre la calidad y beneficios de los mostos y zumos de uva.
f) Informar y difundir las características diferenciales de los vinos de Andalucía.
4. Las asociaciones profesionales y empresariales podrán participar de las ayudas para la promoción del sector.
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Proeli/es-an/l/2007/11/26/10#art-3