Art. Disposición derogatoria primera
En vigor desde 6 ene 2007
Se deroga la tasa (04.07) por servicios de control del régimen de producción agraria ecológica, contemplada en los artículos 102 a 106 de la sección 7.ª del capítulo V del título II de la Ley 13/1998, de 29 de mayo, de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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Proeli/es-pv/l/2006/12/29/10#disposicion-derogatoria-primera