Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 19

En vigor desde 1 ene 2009
1. El Presupuesto del Servicio Público de Empleo se incluirá en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de forma diferenciada; y el procedimiento de elaboración, aprobación, ejecución, modificación y liquidación, así como su estructura, se regirá por lo establecido en las Leyes de la Hacienda y de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y demás normas de aplicación en materia presupuestaria. 2. (Derogado). Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre. Ref. BOE-A-2008-16664#dd

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eli/es-cl/l/2003/04/08/10#art-19

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