Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 19
19 / 32En vigor desde 1 ene 2009
1. El Presupuesto del Servicio Público de Empleo se incluirá en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de forma diferenciada; y el procedimiento de elaboración, aprobación, ejecución, modificación y liquidación, así como su estructura, se regirá por lo establecido en las Leyes de la Hacienda y de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y demás normas de aplicación en materia presupuestaria.
2. (Derogado).
Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre. Ref. BOE-A-2008-16664#dd
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2003/04/08/10#art-19