Capítulo CAPÍTULO II

Art. 11

En vigor desde 22 feb 2024
1. El Gobierno Vasco impulsará la adopción de un pacto social sobre transición energética y cambio climático que contribuya al desarrollo de los objetivos de la presente ley y de los instrumentos de planificación que en ella se prevén. 2. Para la adopción del Pacto Social Vasco sobre Transición Energética y Cambio Climático, el Gobierno Vasco diseñará e impulsará un proceso participativo a través de procesos deliberativos tanto autonómicos como comarcales en los que se incluya a diversos actores políticos, sociales y económicos. Dicho proceso se diseñará en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley.
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eli/es-pv/l/2024/02/08/1#art-11

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