Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 70
En vigor desde 7 feb 2024
Las muestras serán representativas del producto objeto de control. Cada muestra podrá constar de uno o varios ejemplares. Cuando se trate de sustancias a granel o cuando sea necesario fraccionar o mezclar el contenido de diferentes envases, se deberá homogeneizar el producto antes de proceder a la toma de la muestra, en aras de garantizar su representatividad.
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Proeli/es-ga/l/2024/01/11/1#art-70