Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 13 abr 2023
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, la Administración del Principado de Asturias calculará y publicará su huella de carbono y elaborará un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, que contendrá un objetivo cuantificado de reducción en un horizonte temporal de cinco años.
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eli/es-as/l/2023/03/15/1#disposicion-adicional-septima

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