Título TÍTULO VI
Art. Disposición adicional octava
En vigor desde 13 abr 2023
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, la Administración del Principado de Asturias iniciará los trámites para la adhesión voluntaria al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS), regulado por el Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009.
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Proeli/es-as/l/2023/03/15/1#disposicion-adicional-octava