Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 30
En vigor desde 16 feb 2022
1. La Consejería con competencias en materia de Educación dotará a los centros educativos del equipamiento necesario y de los materiales educativos específicos para atender las necesidades educativas especiales de su alumnado.
2. Las instalaciones y dependencias de los centros educativos serán accesibles para todo el alumnado escolarizado en los mismos.
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Proeli/es-md/l/2022/02/10/1#art-30