Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 22

En vigor desde 9 mar 2019
1. La investigación científica, así como la difusión del conocimiento en materia de memoria democrática, mediante el fomento de publicaciones, revistas, materiales audiovisuales y temáticos, la realización de congresos, jornadas y demás encuentros de tipo científico y divulgativo, será una prioridad de la Administración del Principado de Asturias como medida específica de reconocimiento y reparación a las víctimas, en la medida de sus posibilidades presupuestarias. Se atenderá de forma singular a la investigación y divulgación sobre la experiencia específica de las mujeres en el ámbito de la memoria democrática. 2. Para las actuaciones previstas en el apartado anterior, se establecerá un marco de colaboración con la Universidad de Oviedo.
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eli/es-as/l/2019/03/01/1#art-22

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