Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 29 sept 2018
1. Con objeto de facilitar la publicación de datos en el Portal de Transparencia de Cantabria de la forma más compresible posible, en especial los de índole presupuestaria, el Instituto Cántabro de Estadística colaborará con el órgano competente en materia de transparencia señalado en el artículo 38 de esta Ley para facilitar su exposición. 2. De la misma forma, el Gobierno de Cantabria procurará, en colaboración con el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno y el resto de Comunidades Autónomas, y dentro de los términos que el Estado fije como mecanismos de coordinación, que la publicación de datos sea lo más homogénea posible en el conjunto del Estado.
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eli/es-cb/l/2018/03/21/1#disposicion-adicional-septima

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