Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 40

En vigor desde 21 mar 2014
La Consejería competente en materia agraria podrá autorizar la realización de la concentración parcelaria de iniciativa privada con arreglo a las especialidades establecidas en el presente título.
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eli/es-cl/l/2014/03/19/1#art-40

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