Libro LIBRO QUINTO›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 203
En vigor desde 21 mar 2014
El régimen sancionador previsto en este capítulo será de aplicación a las Figuras de Calidad Diferenciada de Productos Agroalimentarios previstas en el artículo 133 de esta ley.
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Proeli/es-cl/l/2014/03/19/1#art-203