Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional

En vigor desde 10 jul 2008
1. Los organismos, entidades, empresas y fundaciones que constituyen el sector público autonómico deberán informar a la Inspección General de Servicios acerca de los nombramientos que efectúen respecto de aquellos puestos de trabajo que conforme a esta Ley tengan la condición de altos cargos, en el plazo de un mes a partir del nombramiento. 2. Las entidades, entes del sector público empresarial autonómico o empresas privadas con representación del sector público autonómico en sus consejos de administración, comunicarán la Inspección General de Servicios las designaciones que efectúen para su consejo de administración u órganos de gobierno en personas que conforme a lo dispuesto en esta Ley tengan la condición de alto cargo, en el plazo de un mes a partir del nombramiento.
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eli/es-cb/l/2008/07/02/1#disposicion-adicional

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