Título TÍTULO V

Art. Disposición final primera

En vigor desde 10 jul 2008
El Gobierno de Cantabria regulará mediante decreto, los Registros de actividades e intereses, y de bienes y derechos patrimoniales de los altos cargos, a efectos de adaptar su organización y funcionamiento a las disposiciones de la presente Ley.
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eli/es-cb/l/2008/07/02/1#disposicion-final-primera

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