Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 25 mar 2007
La Consejería de Medio Ambiente, en colaboración con la Consejería de Interior, redactará un modelo tipo de ordenanza de ruidos para que, si lo estiman oportuno, los municipios lo puedan consultar para la redacción y aprobación de su propia ordenanza.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2007/03/16/1#disposicion-adicional-septima

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil